viernes, 14 de agosto de 2009

El perro aúlla:

“¿En su nombre se comete una injusticia?”.

Por: Álvaro Castellanos Howell

En lo que va de este mes de fiestas patronales de la Virgen de la Asunción, se han escrito sendas columnas sobre el caso del “Perro Aullador”, en el que se dictó sentencia condenatoria en contra del conocido editor Raúl Figueroa Sarti. Hace unos días escribí una columna sobre la importancia de los jueces en nuestra sociedad y la vital necesidad de que razonen debidamente sus fallos.

He estudiado la sentencia C-G-5499-2008, proferida el 6 de los corrientes por el Tribunal Séptimo de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente y a pesar de que aparentemente no viola el derecho del procesado de contar con un fallo razonado, creo, en mi particular opinión, que sí viola su derecho a la justicia imparcial. Me explico.

Al leer cuidadosamente la sentencia, puede uno decir que la discusión giró principalmente en cuanto a si el editor tenía o no autorización de usar y adaptar (en la sentencia lo consideran “mutilar”) como parte principal de la portada de un libro, una foto de un perro aullando, tomada por el acusador. Sobra decir que un experimentado editor como el señor Figueroa Sarti ha de saber desde hace muchísimos años que para usar una fotografía necesita autorización de su autor y que yo sepa, es la primera vez que tiene un problema de esta naturaleza. Curiosamente este tipo de presunciones no obró para nada en su favor en el debate.

En donde me parece que hubo un error por parte del Tribunal es en la valoración de las pruebas. No se tomó en cuenta nada de la declaración de los hechos por parte del propio Figueroa Sarti. Es decir, su declaración no sirvió de nada. Si no existe prueba documental del contrato de autorización de uso de fotografía, entonces el dicho tanto de acusador como de imputado, deberían pesar igual, ¿no?

En ningún momento el tribunal sentenciador valoró que no sólo el editor por su parte afirmó que sí tenía autorización, sino que tampoco consideró varias pruebas de descargo en su favor. Por ejemplo, un testigo, cuyo testimonio acepta como válido el tribunal, aclara que el fotógrafo sí había autorizado el uso de la fotografía. Quizá fue visionario el ahora famoso autor del “Perro Aullador” (así le llamo yo), pues ese perrito quizá sabía desde un principio que aullaba porque lo utilizarían para cometer una injusticia. Ya veremos si la Sala de Apelaciones concurre con esta opinión.

Publicado en "El Periódico", 14 de agosto de 2009: http://elperiodico.com.gt/es/20090814/opinion/110391/

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